SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2017-S2

Fecha: 02-May-2017

III.5.4. Inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y voto de los miembros del Tribunal (arts. 90 y 91 de la LRDPB)

Los argumentos del accionante resultan escasos y nada concretos respecto a la presunta inobservancia de los arts. 90 y 91 de la LRDPB, puesto que solo manifiesta que el Tribunal Disciplinario Superior, no se pronunció sobre el incumplimiento de estos preceptos normativos al momento de emitirse la RA 04/2016, cuyos miembros no habrían explicado individualmente cada voto; sobre este particular, el accionante debió considerar que la precitada normativa atañe muchos aspectos a considerar, así el art. 90, sostiene que se resolverán reclamos sobre la licitud de las pruebas; su valoración integral según las reglas de la sana crítica; los eximentes, atenuantes agravantes; disidencias, etc., situación similar se observa en el contenido del art. 90 entre cuyos 11 incisos prevé la identificación de la Sala que conoció el proceso; identificación de las partes; número de resolución; hechos, etc., y, al no encontrarse debidamente identificados exponiendo los nexos de causalidad entre los fundamentos de las resoluciones cuestionadas y los derechos invocados como infringidos, esta Sala se ve impedida de ingresar en su análisis de fondo.