SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2017-S3
Fecha: 29-May-2017
concedió
El Juez Público de Familia Sexto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/17 de 23 de marzo de 2017, cursante de fs. 1557 a 1563 vta., concedió la tutela solicitada, revocando los dos Autos de 2 de diciembre de 2016 y disponiendo que la autoridad demandada: 1) Pronuncie una nueva resolución debidamente fundamentada respecto al incidente de exclusión probatoria interpuesto por los procesados, ordenando la reposición de las pruebas presentadas por la acusadora particular -hoy accionante-; y, 2) Pronuncie una nueva resolución debidamente fundamentada respecto al incidente de exclusión probatoria interpuesto por la última nombrada, para evitar que se introduzca al proceso prueba que no observe las formalidades previstas en la norma procesal penal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
- reglas y sub reglas de improcedencia del amparo por subsidiariedad
- Fragmento 13
- REVOCAR