SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2017-S3

Fecha: 29-May-2017

i)

Juan José Paniagua Cuéllar, Juez de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante informe de 22 de marzo de 2017, cursante de fs. 37 a 43 vta., manifestó que: i) En el decreto de 10 de abril de 2015 no existe referencia alguna respecto a que la hoy accionante haya presentado la prueba ofrecida en original, aspecto que recién fue corroborado en el momento procesal oportuno, advirtiéndose que se trataban de fotocopias simples; ii) Ante la emisión de los Autos de 2 de diciembre de 2016 ahora impugnados, la nombrada hizo reserva de apelación restringida, por lo que al no haberse agotado la vía ordinaria, opera el principio de subsidiariedad; y, iii) La ahora accionante pretende que la jurisdicción constitucional funja como un tribunal de casación, violando la independencia judicial, sin exponer de forma adecuada la supuesta concurrencia de la excepción al principio de subsidiariedad.

Determinación que fue tomada en base a los siguientes fundamentos: i) Con relación al primer Auto impugnado, ante la petición de los procesados, la autoridad demandada procedió con la exclusión probatoria de las pruebas aportadas por la accionante a través de una resolución sin fundamento ni motivación, además de no pronunciarse respecto al Auto Supremo invocado, colocándola en una situación de desventaja; y, ii) Respecto al segundo Auto pronunciado, los procesados presentaron la prueba físicamente fuera del plazo de diez días, concediendo la autoridad demandada uno nuevo, no siendo posible que el plazo de diez días establecido por ley sea ampliado por autoridad judicial alguna, lesionando el derecho a la legalidad de la prueba y a través de un fallo falto de fundamentación.