SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

concedió en parte

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Tercera del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 3/2017 de 31 de marzo, cursante de fs. 431 a 435, concedió en parte la tutela solicitada, sea la misma de manera provisional hasta que la jurisdicción ordinaria defina el recurso pendiente de resolución que se ha planteado, ordenando al efecto que los accionantes ingresen nuevamente al domicilio del cual fueron desapoderados, debiendo respetarse el 50% de la parte del inmueble que le toca a la “tercera interesada” (sic) Ruth del Carmen Ortiz Gutiérrez, determinando a su vez la prohibición de innovar dentro del predio en cuestión; todo ello conforme a los siguientes fundamentos jurídicos: 1) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, cuando existan mandamientos de desapoderamientos que pretendan desalojar a una o varias personas de un inmueble, es posible otorgar la tutela de manera provisional, siempre y cuando esté pendiente un recurso o proceso, que dilucidará la legalidad o correspondencia o no de la mencionada medida, a fin de evitar lesiones de derechos; y, 2) La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz radicó el recurso de apelación en el fondo planteado por la parte accionante contra el Auto Interlocutorio 590/16 de 15 de agosto de 2016, en el que se niega la declinatoria de competencia y excepción de prescripción adquisitiva; mismo que se encuentra pendiente de resolución.