SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

II.5.

II.5.    Por Auto Supremo 383/2016 de 19 de abril, los Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declararon infundado en el fondo y en la forma el recurso de casación interpuesto por los accionantes; dado que: 1) De acuerdo a los antecedentes, se advierte que el bien objeto de litigio es propiedad de ambas partes, y que al no admitir una cómoda división, siendo que además sólo una de las mencionadas se encuentra en posesión, es que se dispuso su venta en subasta pública; empero, de acuerdo a la prueba pericial se indicó que si es posible una cómoda división; sin embargo, si ello se daba, debería ser para cada parte de manera igualitaria, vale decir 50% a cada una, aspecto que fue adecuadamente determinado por el Juez a quo y posteriormente confirmado por el Tribunal de alzada; y, 2) La asignación de fracciones obedeció a la razonabilidad ejercida por la autoridad judicial dentro del marco de la efectividad de la resolución, como consecuencia lógica de la parte actora, denotando que el fallo cuestionado es acertado y prudente, sin que se evidencie lesión alguna del debido proceso, ni de la igualdad procesal de los actores que permita establecer un actuar ultrapetita        (fs. 304 a 306 vta.).