Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
II.2.
II.2. En cumplimiento de dicha Resolución, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo pronunció el Auto Interlocutorio de 13 de junio de 2016, rechazando la recusación planteada, determinación que fue confirmada mediante Auto de Vista de 16 de junio de 2017, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del departamento de Pando ―ahora demandados― (fs. 11 y vta.; 67 y vta.).
- Fragmento 1
- que no ha lugar el ofrecimiento de la prueba testifical
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 5
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sustracción de objeto del amparo constitucional por haberse extinguido la causa que motivó su interposición
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR