SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

1)

Los accionantes, a través de sus abogados a tiempo de ratificar su demanda tutelar, en audiencia pública señalaron que: 1) Por nota de 30 de diciembre de 2016, presentado por la presidenta y el presidente del Consejo de Administración Coopaguas Ltda. solicitaron al Consejo Electoral dejar sin efecto la “Resolución 06/2016”, que determinó la ampliación de las elecciones; habiéndose resuelto éste sin ningún fundamento legal por Resolución de la Junta Electoral Gestión 2017-2019 08/2016, dejando sin efecto la Resolución de la Junta Electoral Gestión 2017-2019 07/2016, vulnerando así sus derechos y garantías constitucionales por su parcialización; y, 2) La vulneración del derecho de Juan Carlos Banegas Domínguez, empezó cuando el Consejo Mixto emitió la Resolución “016/2016” en la que prácticamente lo procesaron porque tenía cuentas pendientes con la Cooperativa, muy a pesar de haberles señalado que de acuerdo al Estatuto Orgánico ellos no tenían facultades para procesar a un ex Consejero y en todo caso lo tendría que hacer un Comisión Sumariante tal cual estipula el art. 83 del Estatuto Orgánico. Asimismo, los otros candidatos quedaron inhabilitados por la Resolución de la Junta Electoral Gestión 2017-2019 08/2016, porque supuestamente presentaron a destiempo los requisitos establecidos en el art. 50 del mismo Estatuto mencionado, forzándose de esta forma a las ilegales elecciones en dicha Institución.