SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

II.6.

II.6.  El 18 de enero de 2017, mediante nota a la COOPEGUAS Ltda., el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, puso a conocimiento el informe SIFDE. SCZ. CSP. 001/2017 de 18 de enero, elaborado por el SIFDE, referente a la supervisión y verificación al proceso de registro y candidatos al Consejo de Administración, Vigilancia y Comisión Sumariante de COOPAGUAS Ltda., y recomendaciones para con el desarrollo del proceso electoral (fs. 253 a 262); asimismo, cursa la Resolución TSE-RSP 0363/2016 de 17 de agosto de la OEP, revocando en todas sus partes la nota    TEDSC-SIFDE 199/2016 de 17 de mayo, emitida por el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz; en consecuencia, el informe SIFDE COOP “059/2016”, debiendo emitirse un nuevo informe periódico de supervisión de COOPAGUAS Ltda., en el marco del Reglamento de Supervisión en la Elección de Autoridades de Administración y Vigilancia de las Cooperativas de Servicios Públicos (264 a 272); Teresa Iriarte de Sheleman, Gloria Marín Lancea Chumacero y Bismark Hurtado Capobianco, por memorial de 20 de enero de 2017, interpusieron recurso de apelación contra la Resolución  TED SCZ-SIFDE-OAS 008/2017 de 18 de enero, por el cual aprueban el informe SIFDE. SCZ. CSP. 001/2017 (fs. 273 a 276), ésta fue respondida de manera negativa mediante nota de 24 de enero de 2017 (fs. 277 a 278).