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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2017-S2

    Fecha: 22-May-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
    • no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias
    • menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
    • III.3.  Requisitos para que la jurisdicción constitucional pueda ejercer el control de la legalidad ordinaria
    • en el presente caso no se activa el amparo constitucional, toda vez que la accionante no precisó la forma o manera en la que los hechos alegados habrían lesionado sus derechos fundamentales invocados, ni indicado concretamente qué reglas de interpretación fueron lesionadas, careciendo el recurso de contenido jurídico-constitucional
    • Precise los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional
    • el recurso de amparo no es casacional y por ende no puede revisar a la interpretación de la legalidad ordinaria para determinar la correcta o incorrecta aplicación de normas
    • III.4.  Valoración integral de la prueba: Su relación con el debido proceso
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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