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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2017-S1

    Fecha: 31-May-2017

    II.2.

    II.2.  Luis Adalid Aparicio Delgado, por memorial de 20 de abril de 2017, solicitó a los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que debido a su delicado estado de salud dispongan su internación en el Hospital del Seguro Universitario de La Paz, adjuntando al mismo certificado médico (fs. 16 a 18). 

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • en este último caso, siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida, pues, de existir dicho medio, deberá hacerse uso de éste
    • III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
    • es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 14
    • CONFIRMAR

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