AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2017-RCA

Fecha: 19-Jun-2017

II.3. Jurisprudencia constitucional aplicable a las medidas de hecho

         La SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, asumiendo lo desarrollado en la   SC 1592/2003-R de 10 de noviembre, sobre la no necesidad de agotar la subsidiariedad frente a vías de hecho y a adoptar de la SCP 0489/2012 de 6 de julio, la flexibilidad del acerbo probatorio así de manera general estableció: “…1) La flexibilización del principio de subsidiaridad; 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y, 3) Los presupuestos de la legitimación pasiva, su flexibilización excepcional y la flexibilización del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas…”.

         En este contexto, la SC 1513/2005-R de 23 de noviembre, citando a la         SC 0944/2002-R de 5 de agosto, señaló que para la protección inmediata del derecho a la propiedad requería demostrar: “...1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes...”, jurisprudencia que pese a haber sido citada es específica a la tutela del derecho propietario y que sigue vigente en la materia.