SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2017-S3

Fecha: 01-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue contratado el 1 de abril de 2016 por la empresa DUC IN ALTUM S.R.L., en el cargo de Jefe de Logística, Distribución y Suscripción, con un haber mensual de Bs4 500.- (cuatro mil quinientos bolivianos), empresa dedicada al desarrollo de servicios de representaciones comerciales de publicidad, gestión de medios, venta de espacios publicitarios en medios masivos y digitales, y distribución de periódicos y revistas, pero durante el ejercicio de sus funciones fue cambiado al cargo de Responsable de Circulación, hasta que el 31 de agosto de igual año, mediante nota le comunicaron la resolución de su contrato por incumplimiento del mismo.

Sin embargo, se negó recibir esa nota por no adecuarse a ninguna causal establecida en el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT). Así, al considerar la vulneración de sus derechos constitucionales, acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz, instancia que emitió la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 495/EVG/ 086/2016 de 14 de septiembre -de reincorporación laboral-, con la cual fue notificada la parte empleadora, quien posteriormente formuló recurso de revocatoria, que por Resolución Administrativa (RA) 433-16 de 1 de noviembre de 2016, confirmó dicha determinación.

En la vía administrativa, contra ese fallo la empresa empleadora interpuso recurso jerárquico, y previo el cumplimiento de los correspondientes trámites, mediante Resolución Ministerial (RM) 140/17 de 15 de febrero de 2017, el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social dispuso confirmar la RA 433-16.