SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

a)

Rainer Choque Villegas, Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Challapata del departamento de Oruro, mediante escrito cursante de fs. 16 a 17, informó: a) Benavides Huarachi Vásquez, no se halla indebidamente procesado ya que tiene orden de detención preventiva impuesta mediante resolución judicial, a más que conforme a la SC 0036/2007-R de 31 de enero, el nombrado accionante no sufrió ningún hostigamiento y menos se libró el mandamiento aprehensión en su contra al margen de lo previsto por ley;      b) Deducida la apelación incidental, dispuso que dentro de las veinticuatro horas, remitan dicho recurso ante el Tribunal de alzada; c) Efectivamente, el 26 de abril de 2017, emitió la providencia de conminatoria, precisamente porque no cumplió con los recaudos de ley y con la finalidad que se cumpla procedimiento dispuso que en caso de nueva inobservancia se realicen las gestiones en la Dirección Administración Financiera (DAF) del Órgano Judicial; y, d) Si bien es cierto que en la administración de justicia rige el principio de gratuidad; empero, ello no significa que el personal del juzgado tenga que cubrir gastos en la facción del testimonio, por lo que tampoco es evidente que su autoridad haya obrado de mala fe, aspecto por el cual impetra se deniegue la tutela solicitada.