Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0537/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 24 de abril de 2017, cursante de fs. 365 a 367, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimotercero de la Capital del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2.
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es posible aplicar la excepción a la regla de la subsidiaridad en situaciones en las que los hechos ilegales o indebidos denunciados en una acción de amparo podrían producir efectos irreparables o irremediables;
- la irreparabilidad significa que el daño que sea ocasionado por no haberse prestado una tutela constitucional pronta y oportuna, por la naturaleza del bien jurídico afectado, no podría ser restituido ni reparado por ningún medio.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR