Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
II.1.
II.1. Cursa Resolución S.E.B.Q. 234/2015 de 10 de diciembre, referente al caso ZSR 1401730-IANUS 201536992, dictada por Sergio Elías Bustillos Quezada, Fiscal de Materia, quien dispuso el rechazo de la actuación policial y la denuncia efectuada por Antonia Eulalia Mamani Vda. de Silva contra Regina Virginia Alarcón Machaca y Mario Mamani Alarcón -el último hoy coaccionante-, por la presunta comisión del delito de avasallamiento de tierras (fs. 13 a 16 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘…todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR