Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
III.2. Análisis del caso concreto
Los accionantes a través de su representante sostienen la vulneración de sus derechos invocados en la presente acción tutelar por parte de la Fiscal de Materia ahora demandada, en razón a que la aprehensión de Juana Alarcón Machaca y su hijo menor AA -accionantes-, deviene en ilegal e indebida, puesto que no existe una orden o mandamiento emitido por autoridad competente para este efecto; del mismo modo se actuó al pretender aprehender al coaccionante Mario Mamani Alarcón, sin una denuncia o proceso penal aperturado en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘…todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR