SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2017-S2
Fecha: 05-Jun-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante, a través de su abogado, a tiempo de ratificar el contenido de su memorial de acción tutelar, ampliando la misma, señaló que de acuerdo al certificado de nacimiento que se presenta en audiencia se evidencia que el niño BB nació y que es su hijo, solicitando se tenga dicho certificado en calidad de prueba documental. Asimismo, después de agotar la vía administrativa mediante notas de reincorporación presentadas a las autoridades demandadas y al no tener respuesta, recurrió ante la Jefatura Departamental del Trabajo de Beni, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde lamentablemente no fue atendida a pesar de la existencia de los contratos de trabajo que se encontraban bajo la normativa de la Ley General del Trabajo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.3.
- II.4.
- III.1. Alcances de la tutela respecto a la inamovilidad de la mujer embarazada en contratos a plazo fijo
- I. No gozaran del beneficio de inamovilidad laboral la madre y/o padre progenitores que incurren en causales de conclusión de la relación laboral atribuible a su persona, previo cumplimiento por parte del empleador público o privado de los procedimientos que fijan las normas para extinguir la relación laboral.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo