SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

II.6.

II.6.  Mediante Sentencia Nacional Agroambiental S2 046/2016 de 20 de mayo, las autoridades demandadas declararon improbada la demanda señalando que existió error en el fundamento legal de la demanda al acusar irregularidades procedimentales incurridas por el administrador que no se adecuan a las causales de nulidad previstas por ley; por otra parte, la demanda de nulidad de título ejecutorial y el contencioso administrativo son procesos de puro derecho cuya finalidad de la primera determinar si el título fue afectado por vicios de nulidad, mientras que el segundo determina si en el trámite del proceso de saneamiento se aplicaron o no las formas esenciales que lo regulan; añadieron que la demandante no asumió defensa oportuna en las etapas de saneamiento, así como tampoco prosiguió con su trámite de solicitud de saneamiento presentado en la gestión 2005 hasta su culminación; respecto a la simulación absoluta, manifestaron que según la certificación de 8 de septiembre de 2008, la Junta Vecinal OTB “Thiomoko” se encontraba en posesión y cumpliendo función social de la parcela asignada, información que no fue controvertida ni desvirtuada por cuanto se generó conforme a ley; sobre las certificaciones emitidas por los dirigentes de la Junta Vecinal, las mismas no constituyen elementos para incluir en las causales de nulidad previstas por el art. 50.I.1 incs. a) y c) de la LSNRA (fs. 4 a 10).