Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
I.1.3. Petitorio
Solicita se declare “procedente” la presente “acción de pronto despacho”, disponiéndose que la Fiscal de Materia proceda a decretar la solicitud de extensión de fotocopias simples y legalizadas, además de que se haga entrega efectiva del cuaderno de investigaciones y de los requerimientos solicitados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR