SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

Fragmento 14

De los antecedentes conocidos insertos en el expediente, y conforme a los datos que cursan en las Conclusiones del presente fallo constitucional; se tiene que: NN mediante memoriales del 31 de marzo y 10 de abril de 2017, solicitó audiencia de cesación de detención preventiva por dos veces y que a raíz de su segunda solicitud recién se efectuó la audiencia de cesación de detención preventiva en 24 de abril de 2017 a horas 17:30, que habiéndose solicitado se señale día y hora de audiencia, para considerar la solicitud de cesación a la detención preventiva de NN, correspondía en cumplimiento del art. 239 del CPP, haber fijado la misma en el plazo máximo de cinco días, aspecto que en el caso en concreto al haberse realizado la señalada audiencia en 24 de abril de 2017, no se cumplió por lo que se advierte que en este aspecto la Jueza demandada no actuó con celeridad.