SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0574/2017-S3

Fecha: 19-Jun-2017

2)

2)  El art. 23 de la CPE sostiene que: “Los responsables de los centros de reclusión deberán llevar el registro de personas privadas de libertad. No recibirán a ninguna persona sin copiar en su registro el mandamiento correspondiente. Su incumplimiento dará lugar al procesamiento y sanciones que señale la ley”, denotándose que tanto el ingreso como salida del detenido o privado de libertad debe realizarse previa presentación del mandamiento judicial correspondiente; y,