SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante acude a la acción de libertad denunciando una vulneración a sus derechos a la libertad, a la defensa material y al debido proceso, y en mérito a que dentro del proceso penal seguido en su contra, el 23 de junio de 2016 se emitió una Resolución de sobreseimiento a su favor; sin embargo, no se emitió mandamiento de libertad, pese a que transcurrieron meses desde dicha Resolución, razón por la cual considerando el tiempo de su privación de libertad, presentó en reiteradas oportunidades solicitud de cesación de la detención preventiva al amparo del art. 239.1 del CPP, no obstante de ello la autoridad judicial demandada, suspendió repetidamente las audiencias señaladas bajo el argumento de que no contaría con una Cédula de Identidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a la fecha no remitió ante autoridad superior Apelación Incidental presentada por mi persona en fecha 02 de Diciembre de 2016 y existiendo a la fecha Resolución FDLP/EJBS/S-No. 276/2016
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas
- III.2.
- REVOCAR