Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2017-S3
Fecha: 19-Jun-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 05 de 9 de mayo de 2017, cursante de fs. 26 a 29 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ronald Rivera Barja en representación sin mandato de Marcelo Mejía Gonzáles contra Juan Hugo Vásquez Vásquez, Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC); Ronny Ernesto Mendizabal Pantoja, Fiscal de Materia; y, Juan Carlos Colque, funcionario policial.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1) Le causó sorpresa la presentación de esta acción tutelar, puesto que según el cargo de recepción de la misma fue a horas 18:30 del 8 de ese mes y año, momento para el cual ya se había llevado a cabo la audiencia de consideración de medidas cautelares contra el imputado hoy accionante, oportunidad en la que la Jueza de la causa ordenó su detención preventiva
- i)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal -en acción de libertad-; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba, se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión, correspondiendo la sustracción del mismo;
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad e inadmisibilidad de acudir a dos jurisdicciones de forma simultánea
- respecto a la prohibición de activación paralela de las jurisdicciones constitucional y ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR