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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2017-S3

    Fecha: 26-Jun-2017

    2°

    2°  Disponer que las autoridades demandadas siempre que el proceso penal no hubiera sido radicado en el Tribunal al cual fue remitido, dentro el plazo de veinticuatro horas conozcan y resuelvan la solicitud de modificación de medidas cautelares extrañada en la presente acción de libertad, salvo que la misma ya hubiere sido resuelta.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.
    • cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
    • cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • cuando existen dilaciones indebidas
    • primera problemática
    • segunda problemática
    • tercera problemática
    • REVOCAR en parte
    • 2°

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