Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0588/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela por omisión de la autoridad jurisdiccional de señalar audiencia y se le ordene, ante la reciente competencia del Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Chuquisaca, remitir los antecedentes a ese Tribunal, del memorial de solicitud de cesación de 30 de marzo de 2017, las “fs. 378” entre originales y fotocopias, más el legajo de medidas cautelares en los que consten copias autenticadas de los autos de aplicación de medidas cautelares, cesación y apelación del rechazo, a fin de que sean las nuevas autoridades que las que resuelvan su solicitud de cesación a la detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su procedencia frente a la demora en el señalamiento de audiencia de cesación a la detención preventiva
- cuando se trata de una solicitud de cesación, también es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR