SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

concedió

El Juez Público de Familia Segundo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 001/2017 de 27 de abril, cursante de fs. 59 a 62 vta., concedió la tutela; disponiendo la reincorporación de la accionante al mismo puesto que ocupaba al momento de su desvinculación, así como el pago de sus salarios devengados y demás derechos sociales en el plazo de tres días, en base a los siguientes fundamentos: 1) La accionante tuvo tres contratos a plazo fijo y un cuarto con plazo indefinido; por el cual, adquirió la calidad de trabajadora de planta permanente; 2) El Estado Social de Derecho protege a los trabajadores del despido arbitrario, sin que medie o existan circunstancias atribuidas a su conducta o desempeño laboral, en tal sentido el Decreto Ley (DL) 16187 de 16 de febrero de 1979, prohibió la suscripción de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, determinando que en caso de infracción del empleador, se dispondría que el contrato se convierta en uno a plazo indefinido; 3) Al no haber cumplido con la Conminatoria de Reincorporación JDTT 17/17, se vulneró el mandato de protección contenido en el art. 49.III de la CPE; y, 4) Se evidenció que mediante una nota se separó a la accionante de su puesto laboral, sin existir ningún proceso disciplinario en su contra que la hubiera sancionado con la destitución y sin considerar que la ahora impetrante de tutela, tenía condición de trabajadora regular con contrato por tiempo indefinido; por lo que, la desvinculación laboral únicamente podía producirse por las causales descritas en los arts. 19 de la LGT y 9 de su Reglamento, lo que no aconteció, estableciéndose que el despido fue intempestivo; por lo que, correspondió concederse la tutela.