SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Décimo Tercero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 1 de 23 de marzo de 2017, cursante de fs. 267 a 274 vta., concedió la tutela solicitada declarando la nulidad de la Sentencia Disciplinaria 24/2016, de la Resolución SD-AP 356/2016 y su respectivo Auto complementario, debiendo las autoridades demandadas emitir nuevas resoluciones ajustándose a las directrices expuestas en esa resolución; determinación asumida en base a los siguientes fundamentos: 1) En la Resolución SD-AP 356/2016 suscrita por los anteriores Consejeros de la Magistratura, se realizó una relación de hechos del proceso disciplinario y el análisis de la Sentencia apelada, respondiendo a los principios de doble instancia y congruencia; no obstante de ello, se debe considerar que no se puede iniciar una acción invocando ciertas conductas previamente tipificadas para luego en el transcurso de la sustanciación del proceso cambiar las mismas; 2) La Jueza Disciplinaria ahora demandada ni el Tribunal de apelación supieron discernir sobre el manejo de la prueba en relación a los datos del expediente, ingresando con ello en omisión de la valoración de la prueba, no siendo notoria una explicación adecuada y con la debida fundamentación y motivación; y, 3) El criterio asumido por el Consejo de la Magistratura respeto a que no es aplicable la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia sobre la notificación a las partes con el llamado de un dirimidor y que no le es vinculante porque no administra justicia, resulta ser un criterio equivocado y fuera de contexto legal de aplicación a la justicia constitucional, pues si se considera que el “Acuerdo N° 75” en sus arts. 53, 54 y 55 regulan el trámite de las excusas y recusaciones sobrevinientes, se concluye que existe la posibilidad de recusar a las autoridades disciplinarias.