Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
II.7.
II.7. El Consejo de la Magistratura a través de su Sala Disciplinaria, en cumplimiento de la Resolución 110 de 2 de septiembre de 2016, pronunciada por la Jueza de garantías, emitió la Resolución SD-AP 548/2016 de 11 de octubre, mediante la cual confirmó “en forma total” la Sentencia Disciplinaria 03/2016, dentro del Trámite Disciplinario 79/2015 (fs. 38 a 43 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- i) No se puede peticionar a través de otro amparo el cumplimiento de una Resolución de amparo u otra acción de defensa (incluye la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional)
- ii) No se puede, a través de otro amparo, impugnar o cuestionar decisiones de autoridades o personas particulares emergentes de resoluciones de defensa (incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional).
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR