AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2017-RCA

Fecha: 05-Jul-2017

II.3.  Análisis del caso concreto

Conforme el trámite procesal constitucional emergente del memorial de impugnación interpuesto, es necesario iniciar el análisis y verificar si la decisión tomada por la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal de departamental de Justicia de La Paz, fue correcta y si emitió una decisión adecuada al procedimiento constitucional.

Según los antecedentes, el accionante impugna  el Acta de revisión de segunda instancia así como la Resolución Administrativa 298/2016, emitida por el Consejo Académico de la ANAPOL, la cual dio de baja al accionante (fs. 5 a 6 vta.), habiendo planteado los recursos de revocatoria (fs. 7 a 8) y jerárquico (fs. 13 a 16 vta.), que merecieron las Resoluciones Administrativas 305/2016, (fs. 9 a 12) y de Recurso Jerárquico 145/2016, (fs. 17 a 23) esta última fue notificada al accionante el 29 de noviembre de 2016 (fs. 23), considerando estos actuados como vulneradores de sus derechos; consecuentemente, se debe establecer si la acción de amparo constitucional, se encuentra o no dentro del alcance de improcedencia reglada en el art. 53.3 del CPCo.