Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
III.3
III.3. Mediante memorial de 26 de mayo de 2017; el accionante reiteró su solicitud de mandamiento de libertad definitiva dirigida ante la autoridad demandada; que fue respondido mediante, proveído de 29 de igual mes y año, en el que la aludida autoridad judicial dispuso se pase obrados a su despacho para su resolución (fs. 10 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2
- III.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.3. De la acción de libertad innovativa
- Consiguientemente, del contenido de los preceptos aludidos y los debates parlamentarios glosados, se extrae de manera clara y precisa que la voluntad del legislador es que las lesiones al derecho a la libertad encuentren protección dentro del ámbito del hábeas corpus, declarando su procedencia en los casos en que se constate la existencia de una ilegal privación de libertad, no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso…
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR