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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2017-S1

    Fecha: 12-Jul-2017

    acción de libertad

    En revisión la Resolución de 2 de junio de 2017, cursante de fs. 122 a 127 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Teófilo Edilberto Mercado Arispe contra Gina Luisa Castellón Ugarte y María Anawella Torres Poquechoque, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Jeanett Chamo Urquieta Jueza de Instrucción Penal Séptima del mismo departamento.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • Fragmento 4
    • i)
    • c
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
    • III.2.  Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
    • Fragmento 10
    • III.3.  Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
    • Cuando se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad,
    • tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad
    • empero, éste último no es exigible cuando quien demande la acción tutelar se encuentre sometido a una medida cautelar de carácter personal
    • III.4.
    • REVOCAR

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