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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2017-S1

    Fecha: 12-Jul-2017

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante denuncia lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso; toda vez que, la Jueza a quo mediante Auto Interlocutorio de 2 de mayo de 2017, rechazó el ofrecimiento de la fianza personal, determinación que fue apelada incidentalmente; empero, las Vocales demandadas, por Auto de Vista de 22 del mismo mes y año, declararon inadmisible tal recurso sin pronunciarse en el fondo.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • Fragmento 4
    • i)
    • c
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
    • III.2.  Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
    • Fragmento 10
    • III.3.  Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
    • Cuando se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad,
    • tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad
    • empero, éste último no es exigible cuando quien demande la acción tutelar se encuentre sometido a una medida cautelar de carácter personal
    • III.4.
    • REVOCAR

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