Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0679/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, la defensa material y al debido proceso en su vertiente del plazo razonable; citando al efecto los arts. 14, 22, 115, 116 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE) art. 7 del Pacto de San José de Costa Rica y art. 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concede
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 3. Cuando su duración exceda
- III.3. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- de veinticuatro meses sin que se hubiera dictado Sentencia
- CONFIRMAR