SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2017-S3
Fecha: 28-Jul-2017
III.3. Otras consideraciones
Si bien en la SCP 0178/2014 de 30 de enero, se concedió la tutela disponiendo la inmediata libertad de la accionante ante la emergencia de supuestos fácticos análogos; sin embargo, posteriormente en casos similares se resolvió denegar la tutela ante la no concurrencia de los supuestos de activación de la acción de libertad al alegarse procesamiento ilegal o indebido, tratándose de nulidad de obrados emergentes del planteamiento de incidente de actividad procesal defectuosa; así en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0047/2014-S3 de 14 de octubre y 0128/2014-S3 de 5 de noviembre -en las cuales se alegó la nulidad de la imputación formal y de la aprehensión de otros coimputados-, por lo que en franca coherencia de los precedentes citados, entre otros -posteriores al primero citado-, se resolvió denegar la tutela conforme al razonamiento vertido en el Fundamento Jurídico precedente, siguiendo el entendimiento jurisprudencial referido en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al indebido procesamiento
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 12
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR