SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
Presentaron demanda contenciosa administrativa ante el Tribunal Supremo de Justicia, solicitando anular parcialmente la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1591/2014 de 24 de noviembre, emitida por Daney David Valdivia Coria Director de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, quien resolvió “…revocar parcialmente la Resolución Administrativa de Devolución Indebida 21-0002-2014 de 8 de abril, emitida por Graco La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), en la parte referida a la depuración del crédito fiscal de facturas de compras fuera de territorio nacional, gastos no vinculados con la actividad exportadora por servicios de consultoría…” (sic).
No obstante, el 22 de septiembre de 2016, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, notificó a la empresa accionante con la Sentencia 008/2016 de 10 de marzo, declarando improbada la demanda, confirmando la Resolución impugnada, en base a los mismos errores fácticos y argumentos de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, sin fundamentar correctamente su determinación y efectuando una incorrecta interpretación y aplicación del art. 76 del Código Tributario Boliviano (CTB), ya que si hubiera realizado una interpretación en el sentido que la carga de la prueba corresponde tanto a la administración tributaria como al contribuyente, se hubiese revocado las resoluciones impugnadas, puesto que al ser la administración tributaria la que incrimine una supuesta devolución indebida que conlleva una sanción por el ilícito administrativo de omisión de pago, a partir de una depuración de los créditos fiscales por supuestos servicios prestados fuera del territorio nacional, le correspondía a dicha entidad del Estado, demostrar que los servicios se fueron prestados fuera del territorio nacional y que no existe ninguna parte del servicio prestado en territorio boliviano.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se halla interrelacionado con el principio de congruencia
- III.2.
- REVOCAR en todo