SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su triple dimensión, alegando que dentro del proceso ejecutivo seguido contra la Cooperativa Minera Frutillani Ltda., a consecuencia de la ilegal orden verbal del Juez de causa para que la Secretaria de su despacho, en la diligencia del 1 de agosto de 2016, consigne una nota marginal señalando que los recaudos para la remisión de apelación consistente en la provisión de fotocopias legalizadas se cumplió el 9 de igual mes y año, es decir, fuera del plazo previsto por ley, provocó que su recurso de apelación sea declarado inadmisible de forma ilegal; por lo que mediante esta acción tutelar, solicitó anular el Auto de Vista 475/2016 y la mencionada diligencia de notificación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervición de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales y su protección por medio de la acción de amparo constitucional en el Estado Plurinacional
- Fragmento 13
- III.2. La protección del debido proceso y su triple dimensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR