Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0725/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
La parte accionante consideró que fue lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, valoración objetiva e integral de la prueba y el principio de presunción de inocencia, citando al efecto los arts. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- a)
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- , siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- sobreseimiento
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR