Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
II.5.
II.5. Contra el Auto de Vista de 21 de febrero de 2017, Sabino Mendoza Zurita, formuló recurso de apelación que luego de corrido en traslado a las partes procesales, fue resuelto mediante Auto de Vista 25/17 de 8 de mayo de 2017, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante el cual revocó el Auto de Vista de 21 de febrero que declaraba sin efecto la conminatoria de 16 de enero, disponiendo en consecuencia, se continúe el trámite de la conminatoria, debiendo notificarse con la misma al Ministerio (fs. 43 a 46 vta.; 68 a 70).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Sobre el derecho de igualdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo