SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación; a la legalidad y a la igualdad procesal de las partes, toda vez que los demandados, en apelación de la Resolución pronunciada por el juez de la causa, resolvieron revocar la misma y mantener subsistente la conminatoria dispuesta por el juez suplente; sin considerar que la misma había sido emitida en respuesta a memorial presentado por uno de los coimputados durante el periodo de vacaciones judiciales, en el que por determinación del propio Tribunal Departamental de Justicia, se dispuso que los juzgados penales solamente atenderían cuestiones directamente vinculadas con la libertad y no así procedimientos de mero trámite; siendo además que al Ministerio Público, no se le permitió presentar una ampliación de imputación, con lo que se incurrió en trato desigual a las partes procesales, extremos que no fueron debidamente compulsados por los demandados al momento de emitir el Auto de Vista 25/2017 de 8 de mayo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Sobre el derecho de igualdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo