SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Ingresó a trabajar al Seguro Social Universitario, mediante memorándum           Cite GG-JP-360/15 de 14 de abril de 2015, en el cargo de Portero - Sereno a tiempo completo; el 29 del mismo mes y año, se le notificó con el memorándum           Cite GG-JP-419/15, asignándole la función de Auxiliar de Lavandería sin interrumpir la relación laboral; posteriormente, el 7 de septiembre de igual año, fue promovido a Auxiliar de Servicios Generales Médicos, mediante CITE GG-PJ-1205/2015; el 23 de octubre de ese año, lo notifican con el memorándum CITE GG-PJ-1316/2015, requiriendo sus servicios como Auxiliar de Lavandería; posteriormente, mediante los memorándums CITE GG-PJ-41/2016 de 12 de enero, y CITE GG-JP-554/2016 de 19 de abril, se le comunicó que continuaría prestando los servicios de Auxiliar de Lavandería. El 28 de noviembre de 2016, después de haber trabajado ininterrumpidamente en tareas propias y permanentes de la entidad, fue notificado con el memorándum CITE GG-049/16, por el cual le agradecieron sus servicios eventuales, aduciendo la falta de convocatoria, sin considerar el estado de gestación de su esposa, sin respetar las normas legales y laborales en vigencia, que le garantizan la estabilidad e inamovilidad laboral; por lo que, la cesación de sus funciones constituye un despido injustificado e ilegal.

Ante tal ilegalidad, se apersonó a la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, demandando despido ilegal, instancia que determinó mediante Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 03/2017 de 16 de enero, la reincorporación al mismo cargo que ocupaba, la remuneración que percibía, pago de sueldos devengados, se restituya el seguro a corto y largo plazo, se le otorgue las asignaciones familiares prenatal, natalidad y lactancia; y, demás derechos sociales, actuado que fue notificado a las partes el 18 de enero de 2017, pero que el empleador no cumplió hasta la presentación de la acción tutelar.