SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación; toda vez que, dentro del proceso penal seguido por su persona contra Willian Ivar Corrales Corrales, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, éste fue favorecido con la Resolución de Sobreseimiento de 15 de agosto de 2016 contra la cual interpuso una impugnación en calidad de víctima; sin embargo, el Fiscal Departamental demandado mediante Resolución Jerárquica de 29 de septiembre de igual año, ratificó la determinación de primera instancia, disponiendo la conclusión del proceso con relación al referido imputado y la cancelación de todos sus antecedentes penales; empero, considera que dicha Resolución es arbitraria, carente de fundamentación y motivación.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite Procesal
- II.1.
- II.2.
- 3)
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 14
- Es imperante además precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber: a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- CONFIRMAR