Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2017-RCA
Fecha: 08-Ago-2017
Fragmento 1
En revisión la Resolución R.C. 2/A.D. de 17 de julio de 2017, cursante de fs. 141 a 142, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lourdes Elena Ríos Alzugaray de Catata contra Rita Susana Nava Durán y Rómulo Calle Mamani, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Los actos que dan cumplimiento a lo dispuesto por un Auto Supremo cuestionado mediante acción de amparo constitucional, no importan la existencia de actos consentidos
- subreglas para poder
- no pudiendo aseverarse que, en mérito a que el Auto Supremo citado, declaró la nulidad de obrados, el impetrante de tutela se encontraría dentro del proceso ordinario en instancia de dictarse sentencia, donde podría hacer valer sus derechos fundamentales, siendo que lo que el accionante cuestiona es esencialmente, el fallo mencionado, que determinó dicha nulidad;
- II.3.
- II.4.
- II.5. Cumplimiento de los requisitos de admisión