Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2017-RCA
Fecha: 29-Ago-2017
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante estima lesionados sus derechos al debido proceso, en sus elementos a la defensa, a la debida fundamentación y motivación, congruencia, al trabajo, acceso a la justicia y a los principios de seguridad jurídica, a cuyo efecto citó los arts. 46, 47, 115.II, 117.I, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- admisión
- no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos
- Celeridad.
- II.4. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.6.