Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0311/2017-RCA
Fecha: 30-Ago-2017
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, ordenando al Ministro de Economía y Finanzas Publicas, disponga inmediatamente y con el instrumento apropiado, que la Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros-APS, instruya a la AFP Futuro de Bolivia, proceda de inmediato al trámite de retiro final de aportes acumulados en su cuenta de ahorro previsional, por encontrarse en situación de “desempleo” desde marzo de 2006.
- I
- Decreto Supremo No 1888 de 4 de febrero de 2014
- I.3. Petitorio
- improcedente
- Fragmento 5
- II.1 Marco normativo constitucional y legal
- II.2 Etapas de trámite en la acción de amparo constitucional
- ,
- II.3. De la exigencia del requisito de nexo causal
- el Tribunal o Juez de garantías al momento de determinar la admisión o rechazo de la acción de amparo constitucional, debe considerar no sólo que la solicitud sea clara y coherente, sino que guarde relación con los hechos denunciados y los derechos invocados
- Resultando imprescindible que el accionante, además de señalar los hechos que considera lesionaron sus derechos, debe establecer entre ambos, un nexo de causalidad como presupuesto esencial para la admisión del recurso