DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2017

Fecha: 09-Ago-2017

3.

a) Las listas de candidatas y candidatos a Concejalas y Concejales Municipales, y otras autoridades electivas, titulares y suplentes, respetarán la paridad, alternancia, equidad de género entre mujeres y hombres, de tal manera que exista una candidata titular mujer y, a continuación, un candidato titular hombre; un candidato suplente hombre y, a continuación, una candidata suplente mujer, de manera sucesiva.

      EXHORTAR a toda la institucionalidad estatal a que la aplicación e interpretación de la Carta Orgánica Municipal y la normativa autonómica, se efectué conforme al bloque de constitucionalidad, de forma que se promueva el establecimiento de una gestión pública basada en el respeto mutuo entre personas y pueblos, en base a los valores plurales de intra e interculturalidad como una forma de alentar, reforzar y consolidar los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y de todos los habitantes del municipio de Villa Montes.