En revisión la Resolución 009/2017 de 30 de junio, cursante a fs. 23 y vta., pronunciada dentro la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 009/2017 de 30 de junio, cursante a fs. 23 y vta., pronunciada dentro la

Fecha: 02-Ago-2017

“La acción de libertad tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”

En el mismo sentido, el Código Procesal Constitucional, en armonía con la precitada norma constitucional, en su art. 46 establece que: “La acción de libertad tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”.