SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

1)

Eddy Junior Flores Quispe, Fiscal de Materia, mediante informe escrito cursante a fs. 23 y vta., señaló que: 1) El 19 de junio de 2017 a horas 11:40, fue ejecutado el mandamiento de aprehensión con habilitación de días y horas extraordinarias por funcionarios policiales emitido por autoridad jurisdiccional, siendo conducido el accionante a dependencias de la Fiscalía a horas 12:50 tomando en cuenta la reticencia de éste a asumir la investigación, el indicado mandamiento de aprehensión fue emitido conforme el art. 226 del Código adjetivo penal, notificado con el mismo a horas 13:30 y remitido posteriormente ante la autoridad jurisdiccional, tomando en cuenta el horario de oficina del Juzgado Primero Anticorrupción de El Alto, fue llevado a celdas judiciales a horas 12:40, de lo que se establece que cumplió con la remisión dentro de las veinticuatro horas;         2) Antes de la audiencia de medidas cautelares dispuesta para el 22 de junio de 2017 a horas 10:00, la defensa del ahora accionante interpuso incidente de aprehensión ilegal, con iguales argumentos que los expuestos en la presente acción tutelar, misma que fue rechazada por la autoridad jurisdiccional, disponiendo la continuación de la medida cautelar; 3) La detención preventiva del ahora accionante, fue determinada por el Juez cautelar, al estar cumplidas las previsiones de los arts. 233.1 y 2; 234.1, 2 y 10; y, 235.2 del CPP; y, 4) Pide sea denegada la tutela, por no cumplir con el principio de subsidiariedad, toda vez que el accionante no agotó todos los medios franqueados por ley; es decir, se encuentran pendientes los plazos para interponer apelación incidental de la resolución que rechazó la solicitud de aprehensión ilegal y la apelación de la resolución de medida cautelar que determinó su detención preventiva; resoluciones con las que fue citado el 22 de junio de 2017.