Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante estima como lesionado sus derechos al debido proceso, a la libertad, a la libre locomoción y a la “seguridad jurídica” así como el principio non bis in idem, citando al efecto los arts. 14.III., 21, 22, 23, 113, 115.II, 117.II, 178, 179, 256.I y 410.II. de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.4 y 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR