SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
III.2. Análisis del caso concreto
De la revisión de antecedentes adjuntos a esta acción de defensa se tiene la Sentencia 05/2017 dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz dentro del proceso penal seguido por el ahora accionante, Pascuala y Edgar Mújica Aguilar y Carmen Ávalos Mújica, que declaró culpable a Wilfredo Marcos Ávalos Ávalos, por la comisión de los delitos de lesiones leves y allanamiento de domicilio o sus dependencias, y ordenó cumplir con la pena privativa de libertad de dos años, absolviéndolo por los delitos de asesinato en grado de tentativa, lesiones gravísimas, robo agravado y amenazas (Conclusión II.1.); asimismo, por Resolución de Acusación 001/“17” de 12 de enero de 2016, emitida por el Fiscal de Materia Reynaldo Chambi Gutiérrez dentro del Caso 97/15, consta la acusación fiscal formulada contra el hoy accionante, por los delitos de asesinato en grado de tentativa y lesiones graves, dentro de la denuncia penal presentada por Eusebio Marcos y Wilfredo Marcos Ávalos Ávalos (Conclusión II.2.); así también, cursa Auto Interlocutorio de 26 de abril de 2017, pronunciado por los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del referido departamento, a través del cual se excusaron del conocimiento de la Resolución de Acusación 001/“17”, por haber intervenido como Jueces y emitido criterio al dictar la Sentencia 05/2017, por los mismos hechos ocurridos el 26 de abril de 2014, consiguientemente se dispuso su remisión al Tribunal siguiente en número (Conclusión II.3.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR