SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
Fragmento 15
Sobre el valor, principio, derecho y garantía a la igualdad, en la SCP 1149/2014 de 10 de junio, se estableció: “La Constitución Política de Estado, define los valores de sociedad en su art. 8, disponiendo que el Estado Plurinacional de Bolivia se sustenta entre otros, en el valor de la justicia social, para vivir bien; en tal sentido, el texto constitucional, establece en los arts. 178.I y 180.I que la administración de justicia se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de partes ante el juez; por su parte, el art. 7 de la Declaración Universal de derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, dispone: ‘Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley’, precepto normativo de orden internacional aplicable en mérito al bloque de convencionalidad establecido en el art. 410.II con relación al 13.IV CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sobre el derecho a la defensa y su alcance
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Sobre la igualdad de las partes procesales
- III.3. La tutela judicial efectiva y su configuración
- III.4.
- III.5. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- CONFIRMAR en todo